POLÍTICAS PUBLICAS DE LA POBLACIÓN LGTBI
Política pública para la
garantía del ejercicio efectivo de los derechos de las personas que hacen parte
de los sectores sociales lGBTI y. de personas con orientaciones sexuales e
identidades de género diversas.
Las personas LGBTI pueden
ser tratadas injustamente en todas las esferas de su vida, ya sea en el ámbito
de la educación, el empleo, la vivienda o el acceso a los servicios de salud, y
pueden sufrir acoso y violencia. (Amnistía internacional,
2023)
Objetivos
1.
Promover y
garantizar el ejercicio de los derechos civiles y políticos, en particular los
derechos a la vida, libertad, integridad, seguridad y '8 una tutela judicial
efectiva.
2.
Garantizar el
ejercicio efectivo del derecho a la participación de los sectores sociales
LGBTI.
3.
Promover y
garantizar el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales, con
énfasis en el derecho a la salud, educación, trabajo, vivienda, recreación,
deporte y cultura (Decreto 762 del 07 de mayo del 2018).
Ley 1753 de 2015 Nivel
Nacional: Adopta el Plan Nacional
de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país". El gobierno
nacional llevará a cabo las acciones necesarias tendientes a la implementación
y seguimiento de la Política Pública Nacional para la Garantía de Derechos de Lesbianas,
Gais, Bisexuales, Transgeneristas e Intersexuales (LGBTI) a través del
Ministerio del Interior, e impulsará ante las Entidades Territoriales la
inclusión en los Planes de Desarrolle Departamentales, Distritales y
Municipales de acciones y metas. (Artículo 130)
Decreto 2340 de 2015
Diseñar programas de asistencia técnica, social y de apoyo para población
lesbiana, gay, bisexual, transexual e intersexual.
Artículo 2.4.4.2.1.1 Adoptar
la política pública que tiene por objeto la promoción y garantía del ejercicio
efectivo de los derechos de las personas que hacen parte de los sectores
sociales LGBTI y de personas con orientaciones sexuales e identidades de género
diversas. En consecuencia, se orienta al cumplimiento de la obligación de
promover y procurar el goce efectivo de los derechos y libertades, mediante la
adopción de medidas, mecanismos y desarrollos institucionales encaminados a
materializar progresivamente el derecho a la igualdad y no discriminación y
demás derechos.
Decreto 410 de 2018 Nivel Nacional:
Adiciona el Título 4 a la Parte 4 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Decreto
Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, sobre sectores
sociales LGBTI y personas con orientaciones sexuales e identidades de género
diversas, Capítulo 1 sobre prevención de la discriminación por razones de
orientación sexual e identidad de género, mediante la promoción de la acción
afirmativa #AquíEntranTodos.
Decreto 762 de 2018 Por el cual se
adiciona un capítulo al Título 4 a la Parte 4, del Libro 2, del Decreto 1066 de
2015, Único Reglamentario del Sector Interior, para adoptar la Política Pública
para la garantía del ejercicio efectivo de los derechos de las personas que
hacen parte de los sectores sociales LGBTI y de personas con orientaciones sexuales
e identidades de género diversas. (Alcaldiadebogota.gov.co, s.f.)
https://www.youtube.com/watch?v=tpfQsyKG8cs

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