POLÍTICAS PUBLICAS DE LA POBLACIÓN LGTBI



 

https://www.vanguardia.com/colombia/gobierno-concerta-nueva-politica-publica-de-comunidad-lgbti-AEVL346677


Política pública para la garantía del ejercicio efectivo de los derechos de las personas que hacen parte de los sectores sociales lGBTI y. de personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas.

Las personas LGBTI pueden ser tratadas injustamente en todas las esferas de su vida, ya sea en el ámbito de la educación, el empleo, la vivienda o el acceso a los servicios de salud, y pueden sufrir acoso y violencia. (Amnistía internacional, 2023)

 

Objetivos

1.      Promover y garantizar el ejercicio de los derechos civiles y políticos, en particular los derechos a la vida, libertad, integridad, seguridad y '8 una tutela judicial efectiva.

2.      Garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la participación de los sectores sociales LGBTI.

3.      Promover y garantizar el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales, con énfasis en el derecho a la salud, educación, trabajo, vivienda, recreación, deporte y cultura (Decreto 762 del 07 de mayo del 2018).

 

Ley 1753 de 2015 Nivel Nacional: Adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país". El gobierno nacional llevará a cabo las acciones necesarias tendientes a la implementación y seguimiento de la Política Pública Nacional para la Garantía de Derechos de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transgeneristas e Intersexuales (LGBTI) a través del Ministerio del Interior, e impulsará ante las Entidades Territoriales la inclusión en los Planes de Desarrolle Departamentales, Distritales y Municipales de acciones y metas. (Artículo 130)

Decreto 2340 de 2015 Diseñar programas de asistencia técnica, social y de apoyo para población lesbiana, gay, bisexual, transexual e intersexual.

Artículo 2.4.4.2.1.1 Adoptar la política pública que tiene por objeto la promoción y garantía del ejercicio efectivo de los derechos de las personas que hacen parte de los sectores sociales LGBTI y de personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas. En consecuencia, se orienta al cumplimiento de la obligación de promover y procurar el goce efectivo de los derechos y libertades, mediante la adopción de medidas, mecanismos y desarrollos institucionales encaminados a materializar progresivamente el derecho a la igualdad y no discriminación y demás derechos.

Decreto 410 de 2018 Nivel Nacional: Adiciona el Título 4 a la Parte 4 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, sobre sectores sociales LGBTI y personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas, Capítulo 1 sobre prevención de la discriminación por razones de orientación sexual e identidad de género, mediante la promoción de la acción afirmativa #AquíEntranTodos.

Decreto 762 de 2018 Por el cual se adiciona un capítulo al Título 4 a la Parte 4, del Libro 2, del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Interior, para adoptar la Política Pública para la garantía del ejercicio efectivo de los derechos de las personas que hacen parte de los sectores sociales LGBTI y de personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas. (Alcaldiadebogota.gov.co, s.f.)



https://www.youtube.com/watch?v=tpfQsyKG8cs

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